GRECIA: La sentencia del TEDH pone de relieve la necesidad urgente de una reforma legislativa sobre la objeción de conciencia

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) falló a favor de Leonidas Papavasilakis, un objetor de conciencia al que el gobierno griego rechazó reconocer, en su juicio el 15 de septiembre de 2016.

La corte encontró que las autoridades habían violado el artículo 9 de la Convención Europea de Derechos Humanos (que garantiza el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión)

Comentando la decisión, el presidente de la Oficina Europea de Objeción de Conciencia (EBCO), Friedhelm Schneider, declaró: "En menos de un año tres instrumentos internacionales de derechos humanos diferentes han señalado violaciones graves de los derechos humanos de los objetores de conciencia en Grecia. Esto pone de manifiesto la necesidad urgente de que Grecia haga una reforma legislativa sobre la objeción de conciencia, a fin de cumplir con las leyes y estándares internacionales de derechos humanos ."

En Grecia, el grupo que decide si eres reconocido como objetor de conciencia está formado principalmente por personas de las fuerzas armadas, y la decisión final es tomada por el Ministro de “Defensa”. El Tribunal encontró que esto es un fallo en su responsabilidad incluso según las leyes del país.

Ver la nota de prensa del TEDH aquí: http://hudoc.echr.coe.int/app/conversion/pdf 

Ver la nota de prensa del EBCO aquí: http://ebco-beoc.org/node/408

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