UN Human Rights Committee

en

CCPR/CO/69/KWT
27 de julio de 2000

(...)

24. El Comité toma nota de la existencia del servicio militar obligatorio y de que el derecho kuwaití no contiene ninguna disposición relativa a la objeción de conciencia.

Con miras a llevar a la práctica el artículo 18 del Pacto, el Estado Parte debería recoger en su legislación la situación de las personas que creen que el uso de la fuerza armada es contrario a sus convicciones, y establecer para esos casos un servicio civil alternativo.

(...)

CCPR/C/79/Add.120
25 de abril de 2000

(...)

16. El Comité lamenta la ausencia de información concreta sobre la libertad de religión y creencias, y observa que el Tribunal Constitucional, en su decisión de 12 de enero de 1994, estimó inconstitucionales ciertos aspectos de la Ley sobre las relaciones entre el Estado y la Iglesia.

Comunicación Nº 666/1995 : France. 09/11/99.
CCPR/C/67/D/666/1995. (Jurisprudence)
Convention Abbreviation: CCPR
Comité de Derechos Humanos
67º período de sesiones
18 de octubre - 5 de noviembre de 1999
ANEXO*

Dictamen del Comité de Derechos Humanos emitido a tenor del
párrafo 4 del artículo 5 del Protocolo Facultativo
del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
- 67º período de sesiones -

Comunicación Nº 666/1995**
Presentada por: Frédéric Foin (representado por François Roux, que ejerce la abogacía en Francia)
Presunta víctima: El autor

Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos : Armenia.
19/11/1998.

CCPR/C/79/Add.100. (Concluding Observations/Comments)

(...)

18. El Comité lamenta la falta de disposiciones legales con respecto a alternativas al servicio militar en el caso de la objeción de conciencia. El Comité deplora que se obligue a los objetores de conciencia a cumplir el servicio militar y que sean castigados por los tribunales militares, así como los casos de represalias contra los miembros de las familias de esos objetores.

(...)

CCPR/C/79/Add.100
19 de noviembre de 1998

(...)

18. El Comité lamenta la falta de disposiciones legales con respecto a alternativas al servicio militar en el caso de la objeción de conciencia. El Comité deplora que se obligue a los objetores de conciencia a cumplir el servicio militar y que sean castigados por los tribunales militares, así como los casos de represalias contra los miembros de las familias de esos objetores.

(...)

CCPR/C/79/Add.88
6 de abril de 1998
(...)

17. El Comité sigue preocupado por el trato discriminatorio de que son objeto los objetores de conciencia en Chipre, quienes pueden ser sometidos también a castigos en una o más ocasiones por no cumplir el servicio militar. El Comité recomienda que en el nuevo proyecto de ley relativo a los objetores de conciencia se garantice a éstos un trato justo ante la ley y se eliminen las largas penas de prisión como forma de castigo a este respecto.

(...)

CCPR/C/79/Add.91
8 de abril de 1998

(...)

21. El Comité reitera su preocupación, expresada durante el examen del tercer informe de Finlandia, ante el hecho de que la legislación nacional otorgue a los Testigos de Jehová trato preferencial en comparación de otros grupos de objetores de conciencia y recomienda que el Estado parte revise la legislación para ajustarla plenamente al artículo 26 del Pacto.

(...)

Origen: http://www.unhchr.ch/tbs/doc.nsf/(Symbol)/CCPR.C.79.Add.91.Sp?Opendocument

Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos : Belarus.

19/11/1997.

CCPR/C/79/Add.86. (Concluding Observations/Comments)

(...)

16. El Comité toma nota de la declaración de la delegación de Belarús en el sentido de que se prevé aprobar disposiciones legislativas sobre la objeción de conciencia al servicio militar. A este respecto:

CCPR/C/79/Add.87
19 de noviembre de 1997

(...)

12. Preocupan asimismo al Comité los informes sobre actos de hostigamiento y abuso de la fuerza cometidos contra conscriptos por miembros del ejército, así como de brutalidad policial contra detenidos. El Comité considera pues que debería establecerse un mecanismo independiente para investigar todos los casos de presuntos actos de brutalidad cometidos por policías o miembros del ejército.

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