Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos: Serbia y Montenegro

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CCPR/CO/81/SEMO
12 de agosto de 2004

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21. El Comité toma nota de la información proporcionada por la delegación según la cual la objeción de conciencia está regida por un decreto provisional que va a ser sustituido por una ley que admitirá la plena objeción de conciencia al servicio militar y un servicio civil alternativo que tendrá la misma duración que el servicio militar (art. 18).

El Estado Parte debería promulgar la citada ley lo antes posible. En ella se debería admitir la objeción de conciencia sin restricciones al servicio militar (art. 18) y un servicio civil alternativo de carácter no punitivo.

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Source:http://www.unhchr.ch/tbs/doc.nsf/(Symbol)/CCPR.CO.81.SEMO.Sp?Opendocument

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