El Salvador

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30 de abril de 1998

1. Conscripción

la conscripción no está vigente

En general, la conscripción no ha estado vigente desde 1992. En febrero de aquél año fue firmado un tratado de paz entre el gobierno y el Frente Farabundo Martí de Liberación Nacional (FMLN), que finalizó una guerra civil iniciada en 1980.

Hay bases legales para reintroducir la conscripción.

La conscripción está consagrada en el Artículo 215 de la Constitución de 1983, de acuerdo con la cual el servicio militar es obligatorio para todos los salvadoreños (varones y mujeres) entre los 18 y 30 años de edad. La Constitución anterior del año 1962 habría contenido una previsión similar. [3]

La Ley del Servicio Militar y Reserva de la Fuerza Armada, aprobada por la Asamblea Legislativa del Salvador en julio de 1992, provee una nueva base legal para la conscripción. Está ley fue aprobada poco después de la firma del Tratado de Paz de 1992, que ya contenía varias cláusulas sobre la introducción de una nueva ley sobre servicio militar. El Tratado de Paz acentuó la importancia de establecer claros procesos de reclutamiento, lo que significa la anulación de las violaciones a los derechos humanos involucrados en el reclutamiento forzoso.

La Ley de 1992 fue criticada por haber fallado en eximir a excombatientes del FMLN del servicio militar y por permitir amplio control militar de la población civil por medio de las oficinas de reclutamiento. [6]

De cualquier manera, desde 1992 la conscripción no ha sido implementada, independientemente de un llamado general a alistamiento en noviembre de 1994 que tuvo muy baja respuesta. [1]

Hay un considerable resentimiento público contra la reintroducción de la conscripción, debido a la violación de los derechos humanos que tuvo lugar en el contexto del reclutamiento forzoso y la impunidad tradicional con que las fuerzas armadas han actuado en El Salvador. Las fuerzas armadas carecen de los medios financieros para poner en vigor la conscripción. Debido a que las autoridades no parecen estar urgidas en implementar la conscripción (en concordancia con el Tratado de Paz), las fuerzas armadas han sido reducidas de 60.000 en 1992 a 28.000 en 1997. Los voluntarios alistados parecen ser suficientes para los fines de obtener el número de reclutas requerido. [2] [3]

servicio militar

De acuerdo con la Ley de 1992 todos los varones entre los 18 y 30 años de edad están sujetos a un año de servicio militar. [6]

El gobierno estableció en 1994 que las mujeres están sujetas al servicio militar, pero no tienen que servir en combate. [7]

 

aplazamiento y exención

Aplazamiento y exención están permitidos en el capítulo VI de la Ley sobre Servicio Militar de 1992. El procedimiento de aplicación está enunciado en el art. 24. [6]

La exención es posible por razones médicas; cuando se es estudiante regular en universidades y escuelas técnicas; cuando se tienen niños a cargo; y para aquellos que son el único sustento de la familia (art. 19). Ciertamente el personal de las fuerzas armadas y de la institución policial pueden eximirse, ya que ellas son consideradas como desempeño equivalente al servicio militar.

El Art. 23 contempla las siguientes exenciones temporales:

- religiosos que han estado ejerciendo por lo menos 15 meses antes del llamado a alistamiento;

- maestros registrados cuya principal ocupación es enseñanza;

- funcionarios públicos electos, jueces, magistrados y funcionarios gubernamentales;

- personas detenidas o prisioneras al momento del llamado a alistamiento;

- estudiantes de la Academia Nacional de Seguridad Pública o Policía Nacional Civil;

- aquellos certificados por las autoridades militares de salud como incapaces por un periodo determinado, por lo cual  deben reportarse al finalizar dicho periodo. [6]

reclutamiento

La Ley de 1992 requiere que todos los hombres sean registrados para el servicio militar a la edad de 18 años. La ley anterior estipula que la selección de reclutas es por sorteo. Esto parece estar en concordancia con el Tratado de Paz, que estipuló:

"La Ley establecerá que todos los salvadoreños deben presentarse por sí mismos en el tiempo requerido en los centros apropiados de registro. El reclutamiento será efectuado exclusivamente por llamado individual a través de sorteo, y por registro de voluntarios." [3] [6]

El alistamiento de voluntarios es posible a partir de la edad de 16 años. [6]

reclutamiento forzoso

Desde la firma del Tratado de Paz de 1992 el reclutamiento forzoso por parte de las fuerzas armadas parece haber cesado gradualmente. En 1993, una Misión Observadora de Naciones Unidas declaró admisibles 136 quejas de reclutamiento forzoso, irregular o arbitrario, entre enero y mayo de 1992. No hay reportes de reclutamiento forzoso en los últimos años. [6]

2. Objeción de conciencia

legislación

El derecho a la objeción de conciencia no está legalmente reconocido. Ni el Tratado de Paz de 1992, ni la Ley sobre Servicio Militar incluyen provisión alguna para la objeción de conciencia y servicio sustituto. [3]

En 1983 el gobierno estableció: "No existe provisión en El Salvador para casos en los cuales las personas objeten el cumplimiento del servicio militar por motivos de conciencia; la exencion del servicio militar ha sido creada únicamente para contemplar razones familiares o de salud." [5]


3. Evasión de conscripción y deserción

penas

En concordancia con el art. 33 de la Ley sobre Servicio Militar de 1992, aquellos que violen las disposiciones de esta ley serán juzgados por medio de las normas del Código Penal o las del Código de Justicia Militar.

El Artículo 34 de la misma ley establece que las infracciones a la ley que no constituyan un delito son tratadas por la Dirección General de Reclutamiento y Reserva, pudiendo aplicar penas de 15 días de prisión o una multa en vez de la detención.

A quienes no han cumplido con el servicio militar obligatorio se les puede denegar pasaporte, licencias de conducir y copias de sus registros de antecedentes penales. [6]

La deserción es punible bajo el Código de Justicia Militar, Título V: Delitos contra el Servicio Militar. La última versión fue publicada en 1984. [10]

De acuerdo con el gobierno, éste y las Fuerzas Armadas consideraron en 1994 una enmienda al Código de Justicia Militar, para incluir como tratar la situación legal de quienes desertaron de las fuerzas armadas en los años 80. [10]

práctica

En 1992 fue anunciada una amnistía. Aunque verdaderamente no trató sobre la situación de los desertores, prácticamente todos los casos de la guerra civil parecieron haber sido suspendidos o interrumpidos. Los casos de deserción no están en investigación o en etapa de proceso, y los casos que fueron abiertos han sido suspendidos o interrumpidos. No obstante, los registros de deserción o procesos son probablemente guardados por las fuerzas armadas. Esto puede influir en contra de individuos que buscan empleo en las fuerzas armadas o cuerpos relacionados. [9]

5. Historia

Desde principios de los años 20 ha habido legislación sobre conscripción en El Salvador. Antes del estallido de la guerra civil en 1980 la conscripción no fue una norma en vigor, y el alistamiento voluntario fue usualmente adecuado para obtener el número necesario de reclutas, ya que muchos salvadoreños pobres fueron atraídos por una carrera militar. [8]

Conforme a la ley las vacantes en las fuerzas armadas eran supuestamente llenadas por la aplicación del sistema de sorteo entre los solicitantes calificados de la clase semestral. Quienes no estaban alistados dentro del servicio regular cumplían su servicio militar obligatorio por medio de la participación en sesiones de entrenamiento semanales en el ejército regular o cerca de su lugar de residencia. Los conscriptos siempre han formado una reserva (que incluía los que han sido liberados del servicio activo) organizada en un batallón, que algunas veces ha sido movilizada, por ejemplo, durante la "Guerra del Fútbol" con Honduras, en 1969. [3] [8]

Durante la guerra civil la conscripción fue puesta en vigor, para lograr el incremento efectivo de las fuerzas armadas. Estas aumentaron en tamaño de 6.000 en 1979 a 39.000 en 1989 y la extensión del servicio militar pasó de 18 meses a 2 años. Los métodos del reclutamiento forzoso involucraban rondas en suburbios pobres, en campos de fútbol, paradas de autobuses, cerca de escuelas o en lugares donde los hombres jóvenes de clase baja acostumbraban reunirse. Se enviaban camiones del ejército a poblados pobres del país que y recorrían las calles llevándose consigo a los hombres jóvenes. Particularmente fueron sometidos a reclutamiento forzoso los niños pobres y analfabetos y niños campesinos. Las fuerzas armadas reclutaron también estudiantes de colegios nacionales, necesitadas más de jóvenes instruidos para combatir al FMLN. Los ricos no fueron reclutados. [4]

La edad legal de reclutamiento fue 18 años, pero durante la guerra los más reclutados fueron los jóvenes. De acuerdo a estimaciones de ex soldados, el 80% de las tropas durante la guerra estaba integrada por jóvenes por debajo de los 18 años. [4]

En los últimos años de la década del 80 el ejército reclutó anualmente entre 12.000 y 20.000 jóvenes. De acuerdo a las estimaciones de militares expertos, más de 60 por ciento de los soldados salvadoreños integrantes del ejército, a finales de los años 80, había sido reclutado de manera obligatoria. Las tasas de deserción fueron muy altas, lo que a su vez incrementó las de conscripción. [5]

Las Patrullas de la Defensa Civil (PDC) estuvieron involucradas también en el reclutamiento forzoso, aunque, de acuerdo con el gobierno, el reclutamiento dentro de las PDC fue voluntario. Cualquiera que sirviera en las PDC estaba eximido del servicio militar en las fuerzas armadas regulares y viceversa. El servicio en las PDC era de 1 año. Aparentemente muchos eligieron servir en las PDC más que en el ejército, ya que ello significaba estar más cerca de su hogar. El reclutamiento forzoso por parte de unidades del PDC fue utilizado particularmente en áreas donde había frecuentes confrontaciones con el FMLN. La edad legal de reclutamiento no fue respetada y niños que apenas rondaban los 10 años de edad fueron reclutados dentro del PDC. Según lo estipulado en el Tratado de Paz, las PDC fueron disueltas a principios de los años 90. [11]

Hay menos reportes sobre el reclutamiento forzoso por parte del FMLN durante la guerra civil. Sin embargo, se dice que el 18 por ciento de los combatientes del FMLN fueron reclutados y entrenados inicialmente contra su voluntad. El temor al reclutamiento y a un tratamiento áspero dentro del ejército pudo haberlos conducido a unirse al FMLN. El FMLN también reclutó menores. Se ha estimado que 20 por ciento de los 10.000 combatientes del FMLN eran menores de 18 años de edad. Cerca 700 de los menores desmovilizados en 1992 eran niñas. [4]

6. Estadísticas Anuales

Las fuerzas armadas están compuestas por 28.400 efectivos, aproximadamente un 0,48 por ciento de la población. [13]


Fuentes


[1] González, J. 1996.
Objeción de Conciencia el Centroamérica. KEM-MOC, Bilbao, España.
[2] MOOC - El Salvador 1997.
Response to CONCODOC enquiry, November 1997.
[3] Brett, Derek 1994.
Conscientious objection to military service. Quaker Peace and Service, Geneva.
[4] Leskinen, Reetta 1995.
"Child Soldiers in El Salvador". Case study for the UN Study on the impact of armed conflict on children.
[5] Eide, A.; C. Mubanga-Chipoya 1985.
Conscientious objection to military service, report prepared in pursuance of resolutions 14 (XXXIV) and 1982/30 of the Sub-Commision of Prevention of Discrimination and Protection of Minorities. United Nations, New York.
[6] DIRB, 22 April 1994.
[7] DIRB, 7 April 1994.
[8] US Library of Congress 1988.
El Salvador - a country study. Area Handbooks, State Departament, Washington DC.
[9] DIRB, 7 December 1994.
[10] DIRB, 4 August 1994.
[11] DIRB, 21 August 1991.
[12] DIRB, 15 October 1992.
[13] Institute for Strategic Studies 1997.
Military Balance 1997/98. ISS, London.

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