Informe sobre el país: Ecuador

Ultima revisión: 22 Abr 1998
22 Abr 1998
22 de abril de 1998

1. Conscripción

la conscripción existe

El art. 168 de la Constitución establece que El servicio militar es obligatorio para los ecuatorianos de la manera que determina la ley. La Ley sobre Servicio Militar Obligatorio del 15 de setiembre de 1994 regula el servicio militar. Recientemente, en agosto de 1997, fue emitida una nueva regulación (Reglamento de Aplicación a la Ley de Servicio Militar Obligatorio). [1]

En tiempo de guerra o situaciones de emergencia se aplica la Ley de Seguridad Nacional, de acuerdo con la cual las fuerzas armadas tienen la potestad de movilizar las fuerzas de reserva. [1]

servicio militar

Todos los hombres de más de 18 están sujetos al servicio militar. [2] [1]

Las mujeres pueden estar sujetas también al servicio militar obligatorio, si así lo requiere la defensa nacional. Debido a las tensiones presentes en la frontera de Ecuador y Perú, se consideró la conscripción de mujeres en 1997. [1]

El servicio militar dura un año. [1] [2] [5]

Todos los hombres entre 26 y 55, incluso si no han llevado a cabo el servicio militar, son considerados como miembros de las fuerzas de reserva militar. Todas las obligaciones militares terminan a la edad de 55 años. [1]

Tanto hombres como mujeres en su quinto año de educación secundaria tienen que tomar un curso premilitar (programa premilitar) si desean graduarse. Dura un año académico y consiste en asistir a barracas y recibir instrucción militar los sábados. [1]

aplazamiento y exención

Se permite el aplazamiento del servicio militar por hasta dos años en el caso de estudiantes, si esto interrumpe su educación. Se permite también el aplazamiento con el fin de estudiar en el extranjero y representar al país en eventos internacionales. [1]

Están exentos del servicio militar:

- quienes constituyen la fuente de ingresos del hogar;

- personas casadas al momento del registro militar o examen médico;

- clérigos y seminaristas;

- discapacitados por razones físicas y mentales;

- militares y estudiantes de la escuela de policía;

- quienes viven en el extranjero. [1] [2] [3] [4]

Quienes están exentos no reciben certificados militares. Sin estos certificados no pueden viajar al extranjero. [4]

El certificado militar (cédula militar) puede, legalmente, comprarse en la Oficina de Movilización. La ley que permite esto se refiere al pago de cuota de compensación- el término que se aplica tanto a los que compran certificados militares como a quienes pagan una multa por no obedecer al llamado. [1]

Los conscriptos tratan de evadir el servicio militar de la siguiente manera:

- no respondiendo al llamado;

- generando falsa documentación médica de manera que sean declarados no competentes para el servicio;

- obteniendo un certificado militar pagando la cuota de compensación. [2]

Quienes tienen contactos entre los militares y quienes pueden pagar las Cuotas de Compensación, están particularmente bien ubicados para manejar la exención del servicio militar. [1]

reclutamiento

Entre el 2 de enero y el 31 de mayo tiene lugar el registro militar anual, ante el cual se pueden elevar los casos de aplazamiento, exención y servicio militar voluntario. Así se preparan las listas militares que se utilizan en el sorteo. [1]

El segundo viernes de junio hay una lotería en la cual participan tanto los que se han registrado, como quienes no lo han hecho. De acuerdo con la ley, el número de los seleccionados alcanza la cifra requerida de reclutas más un 30 % adicional, para reemplazar a quienes son rechazados por razones administrativas, médicas o legales. Quienes no sean seleccionados pueden ir a sus hogares y comprar un certificado militar pagando la Cuota de Compensación. Los escogidos no pueden abandonar el país y deben pasar por un examen médico y psicológico, que tiene lugar entre julio y noviembre. La llamada para presentarse a servicio tiene lugar tres veces al año, en enero, mayo y septiembre, y es emitida un mes antes del comienzo en el servicio. Las diversas etapas del reclutamiento se anuncian en los medios de comunicación colectiva con dos meses de antelación. [1] [4]

Cuando hay insuficientes reclutas para llenar la cuota que necesitan los militares, se organizan rondas de reclutamiento, particularmente en las áreas rurales. Este tipo de reclutamiento forzoso es ilegal. [1] [2]

Como estas rondas ocurren usualmente en las áreas rurales, los campesinos y la gente indígena tienen una presencia desproporcionada en las fuerzas armadas. Además, reciben un tipo de entrenamiento diferente. Los conscriptos indígenas de lengua quechua son formados en grupos especiales que no tienen que usar uniforme o cortarse el pelo. Se les capacita en idioma quechua.

La clase media alta, por otra parte, puede evitar el servicio militar por medio del pago de una compensación. Esto significa que en la práctica quienes realizan el servicio militar tienden a pertenecer a las clases bajas. Sólo recientemente ha empezado el reclutamiento a poner énfasis en alumnos de escuelas secundarias. [1]

En tiempo de guerra las fuerzas armadas pueden reclutar a cualquiera en edad militar en cualquier momento del año. De hecho, sin embargo, cuando los conflictos fronterizos con Perú parecían inminentes en febrero de 1995, se reportó la presencia de masas de hombres jóvenes que solicitaban en la Oficina de Movilización ser enviados al frente. [1]

2. Objeción de conciencia

legislación

La Constitución no menciona la objeción de conciencia. En 1994 los militares incluyeron el artículo 108 en la Ley de Servicio Militar, que establece: "si la objeción está suficientemente motivada, la objeción de conciencia puede ser aceptada por el Director de Movilización de las fuerzas armadas." El art. 93 de la Regulación del 15 de agosto de 1997 fija las bases para el procedimiento de solicitud. [1]

En diciembre de 1997 SERPAJ de Ecuador presentó a la Asamblea Constitucional una propuesta para incluir el derecho a la objeción de conciencia y el servicio militar sustituto en los arts. 22 y 168 de la Constitución. [1]

procedimiento y práctica

Los conscriptos deben solicitarlo, usando formularios especiales, por medio de los Centros de Reclutamiento y Reserva. Las solicitudes son consideradas por un comité que asesora al Director de Movilización. Se piensa que el comité está integrado por clérigos, psicólogos y personal militar.

El art. 108 no menciona ninguna razón para el reconocimiento de la objeción de conciencia. De acuerdo con el subdirector de movilización, para ser reconocido un conscripto que invoca razones religiosas se deben presentar documentos firmados por un obispo. [1]

Ni el gobierno ni las fuerzas armadas aportan ninguna información acerca del art. 108 o del derecho a la objeción de conciencia. El grupo de OC ecuatoriano cree incluso que no existe realmente un formulario de solicitud. [1]

Hasta el momento ningún OC ha utilizado el art. 108. El grupo ecuatoriano no aboga por utilizarlo, argumentando que no reconoce realmente la objeción de conciencia y que no hay un sustituto genuino disponible fuera de las fuerzas armadas. [1]

servicio sustituto

Los conscriptos a los que se otorga la condición del art. 108 deben realizar servicio militar en las unidades de desarrollo de las fuerzas armadas, que construyen carreteras y puentes, participan en ayuda en emergencias, etc.

Están sometidos al régimen militar y reciben el mismo entrenamiento que los otros conscriptos, excepto en lo concerniente al uso de armas. [1]

3. Evasión y deserción

penas

No contestar a la llamada a servicio es punible con multa. El monto de multa se basa en el tiempo durante el cual el conscripto no ha respondido a su deber y sus condiciones económicas. [1] [2] [4]

El castigo por no realizar servicio militar consiste en:

a. Una multa que va entre 7.5 y 25 por ciento del salario mínimo de los conscriptos por cada año en que el conscripto no se ha reportado para cumplir, la suma precisa depende en los recursos del conscripto. El pago de una multa no lo exime del servicio.

b. Suspensión de los derechos ciudadanos, lo cual implica, entre otras cosas, que:

- el conscripto no podría trabajar en una oficina pública o privada hasta que obtenga el certificado militar requerido:

- los estudiantes no se pueden inscribir o continuar estudiando en la universidad hasta que obtengan un certificado militar;

- las oficinas militares no conceden permiso para salir del país. [1] [4]

Los desertores pueden ser multados con una suma que va de USD 100 a USD 500 por cada año que no se presenten a las autoridades. Si no pueden pagar van a la cárcel a razón de un día por cada 10 centavos de multa. Además se les suspenden los derechos civiles por dos años, y hasta que no se haya resuelto su posición no pueden trabajar en el servicio público. [2]

práctica

En 1995, de acuerdo con un funcionario de la Oficina de Relaciones Públicas del Directorio de Movilización de las Fuerzas Armadas, la multa mínima por no llevar a cabo servicio militar era de 30.000 sucres. Aunque pagar la multa no exime a un conscripto de hacer el servicio militar esto se aplica sólo a quienes tienen 18 y 19 años. Cualquiera que haya fallado en registrarse para el servicio (un remiso) puede ser detenido, obligársele a hacer el servicio militar y multársele. Después de la edad de 19 no se detiene u obliga a realizar servicio militar. En tal caso se pueden presentar a la Junta Calificadora un año después de que se debiera haber realizado el servicio, y por medio del pago de la multa (Cuota de Compensación) obtienen sus certificados militares. Se calcula el año no desde el momento en que se llama al conscripto, sino desde el momento en que se espera que empiece a servir. [4]

Aproximadamente el 10 por ciento de los conscriptos desertan durante los primeros días del servicio militar. El castigo a los desertores depende de por cuánto tiempo han servido. Normalmente no sucede nada a quienes desertan temprano, pero si han estado sirviendo por algún tiempo, se les castiga de acuerdo con la ley. [2]

6. Estadísticas anuales

Las fuerzas armadas constan de 57.100 efectivos, lo que equivale al 0,47 por ciento de la población. [5]

Cada año cerca de 125.000 hombres alcanzan la edad de conscripción (18). [5]

Normalmente sólo 60 por ciento de los conscriptos obedecen la llamada a servir. Se exime a cerca de 20 por ciento y sólo 40 por ciento realizan efectivamente el servicio militar. [2]


Fuentes


[1] Jiménez, V. & J. 1998.
Respuesta a un cuestionario de CONCODOC. SERPAJ, Quito, Ecuador.
[2] ROLC 1994.
Informe del taller de formación para la objeción de conciencia y encuentro latinoamericano de objeción de conciencia. SERPAJ, Asunción, Paraguay.
[3] UN Commission on Human Rights, 1994.
Report of the Secretary-General prepared pursuant to Commission Resolution 1993/84. United Nations, Geneva.
[4] Comision Ecuménica de Derechos Humanos (CEDHU), 1993.
Carta del 26 de febrero de 1993 recibida por el DIRB. CEDHU Quito.
[5] Institute for Strategic Studies 1997.
Military Balance 1997/98. ISS, London, UK.

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