Irregularidades por parte del ejército en el proceso de reclutamiento de jóvenes en Bogotá

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Usted dice conocer bien a Colombia. ¿Y a Bogotá?

Conozco bien a Bogotá, pero el problema no es sólo Bogotá... A Bogotá, primero, hay que limpiarla de las milicias. Y en Cundinamarca hay que consolidar el trabajo donde estaban las áreas de influencia de los grupos ilegales para, de esa forma, convertirlo en un departamento modelo. Es decir, fuera guerrillas, autodefensas y narcotraficantes.

El papel puede con todo. Pero, ¿sí es posible ese objetivo?

Eso no se consigue sólo con palabras, sino con el tiempo. Pero lo más importante: necesitamos la ayuda de la población civil, que es la que va haciendo el tejido social para los éxitos de las tropas.

¿Sin el apoyo de la población civil no es posible el éxito?

Así es. La población civil es al Ejército como el agua al pez.

Hablemos de localidades de Bogotá donde hay problemas críticos. En Usme, por ejemplo.

Ese es un trabajo que hay que hacer con la comunidad y con las autoridades civiles. Es un trabajo que poco a poco irá labrándose. Es un problema no sólo de Bogotá, sino de todas las grandes ciudades del mundo. En Usme hay que hacer un trabajo metódico. Allí, por ejemplo, hay que llevar algo elemental: la educación.[1]

Bogotá: un contexto que favorece la guerra

Para abordar el tema del contexto de la capital de Colombia y su inminente relación con la militarización y en particular el reclutamiento, es necesario aclarar que el contexto bogotano ya no obedece únicamente a circunstancias de carácter nacional que influyen en la transformación de la ciudad, pero también a iniciativas de carácter transnacional e intereses de otros países que inciden en los cambios de orden legislativo, militar, económico, social y cultural de nuestro país, y que muchas veces se ven beneficiados por un conflicto que a nivel urbano genera las condiciones óptimas para garantizar su implementación y desarrollo sin muchos inconvenientes.

El principal objetivo de estos intereses externos es el control social de buena parte de los habitantes, mediante una serie de mecanismos entre los cuales lo militar cumple una función determinante como herramienta de control permanente y facilitador de iniciativas de orden gubernamental y económico.

Una de las características de Bogotá que se relacionan directamente con el reclutamiento, es la gran presencia de población desplazada. A Bogotá están llegando aproximadamente 20 familias en situación de desplazamiento por día, que se concentran principalmente en los sectores de Cazucá, Ciudad Bolívar, Usme, San Cristóbal, Kennedy y Soacha[2], justamente los sectores en donde más se desarrolla el reclutamiento irregular, la represión policial y la implantación de modelos y equipamientos de seguridad[3].

Los jóvenes en edad de reclutamiento de los sectores anteriormente mencionados han "aprendido" a convivir con el reclutamiento irregular a tal punto que han empezado a asumir dicha práctica como algo normal frente a lo cual la única opción de protección posible es el estar pendiente de no encontrarse con los camiones del ejército, con lo cual se evidencia un palpable desconocimiento de los derechos que imponen límites a dichas prácticas. Ya que el reclutamiento irregular es un fenómeno crítico en la ciudad, se hará mayor énfasis en ello más adelante.

Otra de las características del contexto que favorecen el reclutamiento, es la pobreza en la cual vive la mayor parte de la población juvenil, convirtiendo la vinculación a guerrilla, paramilitares y las instituciones militares o policivas estatales en una posibilidad de reconocimiento y una opción laboral[4].

Esta característica del contexto hace parte de las campañas emprendidas por diversos sectores del poder para consolidar a la policía y al ejército como dos instituciones idóneas para el desarrollo de la vida laboral y profesional, utilizando los medios masivos de comunicación, que no cesan de hacer publicidad a favor de tales instituciones, acallando permanentemente cualquier hecho o denuncia que los comprometa con la violación de los derechos humanos, la corrupción o los nexos con el paramilitarismo y sectores claves del poder.

"La carrera de las armas es exaltada por la propaganda oficial que realza como un valor el uniforme militar y las armas, de tal manera que para muchos adolescentes no es clara la diferencia entre estar en alguno de los grupos armados ilegales o alistarse en el ejército regular. Puede afirmarse entonces que la propaganda oficial de valorar el uniforme y el arma sirve igualmente a los grupos ilegales para el reclutamiento, ya que realiza el papel de publicidad genérica. Los estudios referidos muestran también que la motivación para enrolarse en el ejército está lejos de ideales patrióticos o defensa de Estado, y que más bien los anima igualmente la posibilidad de encontrar un quehacer."[5]

Las dos características mencionadas están además atravesadas por factores de orden cultural, como el hecho de que aún se considere al ejército como una institución intachable proveedora de valores y disciplina necesaria para que el joven se haga hombre, o factores de orden adyacente como la negligente posición de los colegios distritales que, durante el proceso de reclutamiento para la prestación del servicio militar obligatorio se limitan al papel de simples espectadores, sin brindar la mas mínima asesoría sobre los detalles normativos del proceso, permitiendo que se cometan irregularidades como la incorporación de jóvenes exentos o aplazados según la ley 48 del 93.

Presupuesto para la seguridad en Bogotá

Bogotá es la ciudad de Colombia que más dinero invierte para el sostenimiento de las políticas de seguridad. Su situación como capital del país y su condición de epicentro financiero, político y administrativo de carácter nacional le ha implicado obligaciones en materia de protección, lo que se ha traducido en enormes partidas presupuestales destinadas a mantener y fortalecer los organismos policivos y de control estatales, así como las estructuras y mecanismos de seguridad privada, buscando con ello, crear una sensación general de seguridad y estabilidad y una imagen favorable ante la opinión pública nacional e internacional.

Según la contraloría de Bogotá, la capital invierte más de 6 millones de pesos en su seguridad[6], de los cuales el distrito aporta tan sólo el 2% de la cifra total. El restante está repartido entre los fondos entregados por la nación y la propia ciudadanía. En el 2005, por ejemplo, "Bogotá gastó $6.5 billones en seguridad, de los cuales $5.9 billones (91.4%) los asumió directamente la ciudadanía en equipos y servicios de origen privado; $431 mil millones los aportó la Nación (6.6%); y $130 mil millones el Distrito (2%)"[7].

Distribución de los gastos de seguridad en Bogotá

Gráfico. Distribución de los gastos de seguridad en Bogotá

Fuente: Contraloría de Bogotá

Además, es necesario aclarar que el dinero invertido por la ciudadanía para su seguridad es mucho mayor que el 91.4% descrito por la contraloría, ya que los fondos aportados por el gobierno distrital y nacional, derivan en buena parte del pago que realiza la ciudadanía por concepto de impuestos.

Esta participación activa de la ciudadanía en la financiación de la seguridad, tiene como fondo, la política evidentemente militarista que se ha venido implantando en Colombia durante los últimos años, la cual, para poder llevar la fuerza pública a los lugares donde antes era inexistente, exige de las principales ciudades del país la sostenibilidad económica de su propia seguridad, dejando así los recursos de la nación libres para invertirlos en otros territorios.

El informe de la contraloría contempla que en sólo vigilancia privada los bogotanos invertimos $3.237.076.212 pesos (1.131.845 Euros), cifra que recoge tanto a las empresas con registro, como aquellas sin licencia de funcionamiento. Las empresas del sector legal ocuparon a 115.859 personas en labores relacionadas con la seguridad, mientras que las empresas ilegales ocuparon entre 150.000 a 180.000 personas.

Por otra parte, Bogotá cuenta con un número total de 14.110 policías, de los cuales 4.125 corresponden a Auxiliares Bachilleres y los restantes 9.985 son policías profesionalizados. A la fecha de 2006, aumentaron 16.490 efectivos entre bachilleres y profesionales. En su conjunto, el departamento de policía de Bogotá demandó para su funcionamiento en el año 2005 una inversión de $167.365.956 pesos (58.520 Euros) y el pronóstico es que para el año 2010 la cifra se eleve a $351.251.410 pesos (122.815 Euros)[8].

Además de la vigilancia privada legal e ilegal y del departamento de policía, Bogotá cuenta con tres brigadas del ejército nacional que brindan la seguridad de la ciudad, las cuales demandaron una inversión en el año 2005 de $133.754.900 (46.767 Euros)[9].

Observando estos costos económicos de la seguridad en Bogotá, se evidencia que en la ciudad el reclutamiento no sólo se da en instancias militares y policivas a partir de la incorporación de cada vez más efectivos. El reclutamiento mayor y aquel que le da sustento al primero, ocurre en la mente y en las prácticas de la ciudadanía, que, como nos muestran los datos, está patrocinando el 91.4% de la seguridad total en Bogotá.

En últimas, la realidad actual de la ciudad es clara y sirve de referente para hacer una radiografía del país en su conjunto, los imaginarios de mayor seguridad y mayor militarización se hicieron extensivos de manera rigurosa y prominente a la sociedad en su conjunto, curiosamente es ésta y no un gobierno caracterizado por la imposición de prácticas militares como el actual, quien está financiando la máxima cuota para el sostenimiento de la seguridad de los bogotanos.

El reclutamiento de niños, niñas y jóvenes por los diferentes grupos armados en Bogotá.

Para ilustrar el reclutamiento local, es necesario precisar las formas en que los niños, niñas y jóvenes son involucrados, voluntariamente o no, en el conflicto armado.

Si bien la vinculación de niños, niñas y jóvenes al conflicto armado incluye el porte y uso de armas, no se limita a este aspecto.  Los grupos armados cuentan con personal de apoyo cuyas labores pueden ser muy variadas y que se constituyen en una forma de vinculación indirecta para la cual los niños, niñas y jóvenes han sido frecuentemente usados: cocina, compra de suministros, labores de inteligencia, mensajería, servicios sexuales, reclutamiento de otros jóvenes, fabricación de minas antipersonales, cuidado de secuestrados, etc.

A estos jóvenes vinculados de forma indirecta, las fuerzas paramilitares los llaman "campanitas" porque son usados como reloj de alarma;  a los adolescentes,  el ejército los llama "chicos de acero", y a los niños y niñas "pollitos de acero". La guerrilla los denomina "abejitas" o "carritos"[10].

En Bogotá, especialmente en localidades como Ciudad Bolívar, San Cristóbal Sur, Usme, Kennedy y Soacha, el empleo y utilización de niños y jóvenes por parte de las fuerzas estatales se ha dado como informantes, cargadores, espías y patrullas. La idealización de las actividades militares y de los combatientes como héroes, la interiorización de valores relacionados con la guerra y la promesa de chantaje con dinero u objetos, son recursos empleados por todos los grupos armados, incluido los que representan al Estado, para vincular a los jóvenes y niños a los grupos.

A pesar de las prohibiciones legales de reclutar o involucrar menores de 18 años en la guerra[11], a través de programas cívicos o comunitarios, niños, niñas y jóvenes se vinculan indirectamente a acciones militares. En las campañas cívico-militares, tanto el ejército como la policía reclutan niños y niñas para labores de promoción cívica, en las cuales incluso son uniformados, a pesar del grave riesgo que estas implican para sus vidas por encontrarse en zonas de guerra[12]. A pesar de las recomendaciones de la Defensoría del Pueblo, el Ejército Nacional ha desarrollado campañas como "Soldado por un día" y "Club Lancita", que buscan "la integración de los niños y jóvenes, entre los 5 y los 16 años, con el Ejército, a través de actividades lúdicas y la visita de los menores a las instalaciones militares del país."[13]

En escuelas de educación básica de sectores marginales de la ciudad de Bogotá, el ejército y la policía desarrollan actividades de estrategia militar y de "acción psicológica" con la población civil, en las que realizan labores de educación, recreación, instrucción militar y establecen bases para sus actividades de seguridad.

Por otro lado, dentro del sistema educativo de Bogotá, de hecho en todo el país, existen colegios y academias militares de educación básica y secundaria que gradúan "Bachilleres Técnicos con Orientación Militar". Dentro de estos colegios, los estudiantes de grado noveno, décimo y once prestan servicio militar en modalidad especial, que incluye 1.300 horas de instrucción militar y 3 ejercicios de campaña durante estos tres años. Al finalizar la instrucción, estos jóvenes obtienen la Tarjeta Militar de Primera Clase,  "es decir, definen su situación militar como cualquier soldado de la Patria, pues al igual que ellos...se preparan en las diferentes áreas que los habilitan como combatientes"[14].

Con respecto al reclutamiento de niños, niñas y jóvenes por parte de la guerrilla y las fuerzas paramilitares, el informe de Human Right Watch[15]

menciona que el reclutamiento por parte de estas fuerzas ha aumentado significativamente durante los últimos años y que al menos uno de cada cuatro combatientes irregulares en Colombia es menor de 18 años, la mayoría provenientes de familias pobres.

En Bogotá, sobre todo en sectores de la ciudad donde cada día llegan desplazados por la violencia, continúa el reclutamiento de menores por parte de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC). "En Soacha y en las zonas pobres del sur de Bogotá están reclutando masivamente jóvenes para las filas de las AUC, grupo armado con el cual el gobierno oficialmente ya hizo la paz. Según la Fundación Dos Mundos en sectores del sur de Bogotá constantemente se reportan denuncias que hay presión de los grupos armados, sobre todo de los paramilitares". En esta zona las AUC "pagan 100.000 pesos (35 Euros) mensualmente para un niño o joven que se inscribe como informante y 400.000 pesos (140 Euros) para un niño o joven que acepta participar en operaciones de 'limpieza social' [16]

Irregularidades por parte del ejército en el proceso de reclutamiento de jóvenes en Bogotá.

1. Descripción del debido proceso.

Entendemos por irregularidades en el proceso de reclutamiento de jóvenes realizados por el ejército en Bogotá todas las acciones que expresamente contradicen las normas legales relacionadas con la definición de la situación militar de los colombianos.

La definición de la situación militar de los colombianos es una obligación constitucional de carácter relativo[17] que ha sido definida en varias leyes distintas, todas vigentes[18], que a su vez han sido reglamentadas mediante decretos y resoluciones del Ministerio de Defensa.

Definir la situación militar significa una de estas dos situaciones: que al final del proceso el joven es incorporado en la modalidad de prestación de servicio militar que asigna la ley a su situación, o que al final del proceso ha sido clasificado como sobrante de concentración y tenga que pagar la cuota de compensación militar. En los dos casos, se les expide a los jóvenes una libreta militar que tiene efectos en algunas actuaciones de la vida civil.

El proceso de definición de la situación militar sólo comienza con la inscripción, después de la cual es legal para el ejército la realización de los exámenes, el sorteo (prescindible si hay escasez de jóvenes en las filas) y la convocatoria a los días de concentración, fechas en las cuales se reúne a los jóvenes en los cuarteles y se define si un joven presta el servicio militar o queda clasificado para el pago de la libreta militar como sobrante de concentración.

Durante el proceso, los jóvenes que se rehúsan a apoyar la guerra tienen como herramientas legales las exenciones y los aplazamientos considerados en las leyes, y cuentan también con la herramienta política de sus declaraciones públicas como objetores de conciencia que no tienen efecto legal alguno pero exponen un acompañamiento social y político muy importante.

figura de debido proceso y situaciones legales posibles

Figura. Debido proceso y situaciones legales posibles según la ley 48 de 1993 y herramientas legales y políticas para el rehusamiento.

2. Principales anomalías encontradas en el proceso de definición de la situación militar.

Aunque en Bogotá la ACOOC no tiene estrictamente lo que se conoce como una oficina jurídica, ha recibido, asesorado y sistematizado casos de jóvenes que tienen inquietudes sobre la prestación del servicio militar o a quienes se les ha vulnerado su derecho a no vincularse a la guerra en Colombia. En el desarrollo de esta labor hemos encontrado que la mayoría de los casos atendidos tienen que ver con violaciones al debido proceso que señala la legislación.

2.1. Batidas.

Es una práctica violatoria del debido proceso y la libertad de movilidad, y es un abuso de autoridad. Consiste en detener en la calle a los jóvenes, exigirles la presentación de la libreta militar y a quienes no la posean los suben a un camión para luego incorporarlos a filas.

La ley de reclutamiento sólo permite al ejército forzar a los jóvenes a inscribirse, pero lo que buscan las batidas no es la inscripción sino la incorporación inmediata, saltando todas las fases previas que considera la ley, con lo cual se niega el uso de recursos que prueben causales de aplazamiento o de exenciones (Ver figura 1).

2.2 Incorporación de exentos y aplazados.

Jóvenes casados o en unión de hecho: Aunque es una exención considerada en la ley de reclutamiento, el ejército está reclutando jóvenes que se encuentran en esta situación. Uno de los casos acompañados fue el de Jhon Héctor Alfonso Moreno, detenido en una batida, a quien le dieron apenas una hora para hacer llegar los documentos que probaban que tenía una relación marital de hecho y era padre de una niña de 6 meses de nacida. Como no pudo hacerlo en el plazo establecido, el mismo día fue llevado al departamento Casanare, sin permitirle comunicación alguna con su familia. Las peticiones que se hicieron a las autoridades militares correspondientes, hasta el momento no han tenido respuestas, por lo que el joven sigue incorporado y fue trasladado al Batallón de Infantería de Selva en el departamento Vichada, cumpliendo hasta ahora 11 meses de estar incorporado.

Desplazados: Son varios los casos de jóvenes en situación de desplazamiento que a pesar de tener una causal de aplazamiento, son incorporados a filas, incluso allegando certificados oficiales que acreditan sus testimonios.

Ese es el caso de Wilmer David Pérez Pérez, victima del desplazamiento forzado, a quien sólo después de 10 meses de estar en el batallón de servicios 13 "Cacique Tisquesusa", le reconocieron su condición de desplazada, a pesar del derecho de petición y las pruebas que se entregaron desde el inicio. Por presiones de los comandantes del batallón, el joven desistió de continuar con el desarrollo de su caso por el inmediato desacuartelamiento.

Estudiantes: Los jóvenes mayores de 18 años que estén realizando estudios de bachillerato o superiores se encuentran en una causal de aplazamiento. Aún así, en las inmediaciones de los colegios nocturnos se realizan batidas o se llevan a jóvenes mayores de edad que se encuentran estudiando.

Los que tienen un hermano prestando el servicio militar: Los hermanos Cortés, además de encontrarse en situación de desplazamiento y estudiando, fueron reclutados al mismo tiempo pese a que la ley determina aplazamiento para uno de los dos.

Inhábiles relativos: Reclutado en una batida, Hugo Ernesto Barragán Moreno fue trasladado a Casanare donde los exámenes practicados lo declararon hábil para prestar el servicio militar, pese a tener dificultades para respirar, causadas por una costilla que oprime su pecho desde que sufrió un accidente en la adolescencia. Tuvo que caer desmayado en el campo para que comenzaran a tomar en serio sus advertencias. Fue desacuartelado por desconocimiento del procedimiento y clasificado para el pago de libreta militar.

2.3 Cambio de modalidad de prestación del servicio militar.

Wilmer David Pérez Pérez fue reclutado como bachiller y posteriormente fue cambiada dicha modalidad por la de soldado regular, lo cual amplia el tiempo de prestación del servicio militar y más riesgo. El cambio se hizo durante una sesión de ejercicios que comenzaron a altas horas de la madrugada, en donde fue engañado para hacerle firmar un papel con el que supuestamente le resolvían más rápido su situación. Esta práctica puede ser equiparable a la tortura ya que es un medio de persuasión que, mediado por el cansancio, hace que las personas no dispongan de plena claridad del contenido de los documentos firmados.

Horas después de haber sido incorporado, el joven bachiller Alex Giovanni Quintana Sánchez fue trasladado a Puerto Carreño Vichada bajo la modalidad de soldado regular. Cuestionando esta situación frente a los comandantes, el joven empezó a recibir maltrato físico y psicológico, por lo cual su familia hizo varias peticiones a diferentes autoridades tanto militares como nacionales, para solicitar un traslado a Bogotá y un mejor trato o el desacuartelamiento por su condición de desplazado. Gracias a la manifestación de la Corte Constitucional, el joven fue - después de 6 meses - retirado del servicio activo, y expresó su interés en demandar al Estado por haber desconocido sus derechos.[19]

2.4. Indígenas y menores en los cuarteles.

Una de las fuentes oficiales que permite rastrear irregularidades en el reclutamiento es el Censo General 2005.

En este censo aparecen registrados 447 indígenas en guarniciones o cuarteles. Pese a ser exentos de ley[20], los miembros de grupos indígenas siguen siendo objeto de reclutamiento por parte del Estado colombiano. Ya en 2003, el congresista Jesús Piñacué Achicué había notificado este hecho, pues para ese entonces se contaba alrededor de 150 indígenas prestando el servicio militar[21]. Esto quiere decir que entre 2003 y 2005 la cifra de indígenas conscriptos se ha incrementado tres veces.

Además, en el censo general 2005, se registraron 973 menores viviendo en guarniciones y cuarteles. Una parte de esta población podría deberse a la presencia de hogares particulares al interior de las edificaciones de vivienda de las fuerzas armadas, atribuibles a las personas de 0 a 16 años de edad. Sin embargo, 342 de estas personas tienen la edad de 17 años, lo que nos permite preguntar por el reclutamiento irregular de menores de 18 años.[22]

Pese a ser una fuente interesante por la pretensión de una cobertura total de la población y por la solemnidad oficial que tiene, el Censo general 2005 es sólo una fuente de información entre varias para el tema de las irregularidades en el reclutamiento. Por tal razón estamos actualizando y cotejando esta información con otras fuentes, como derechos de petición o informes independientes de organizaciones.

Población menor de 18 años en cuarteles y guarnicione

Gráfico. Población menor de 18 años en cuarteles y guarniciones.

Fuente: DANE Departamento administrativo Nacional de Estadística. Censo general 2005.

2.5. El ingreso y permanencia en centros de educación superior.

Desde mayo de 2006 los centros de educación superior exigen la presentación de la libreta militar para matricularse por primera vez o continuar en la institución. A quienes no tienen la libreta, se les obliga a firmar un acta de compromiso "libre y espontánea" en la cual se comprometen a resolver su situación militar en el transcurso del semestre.

Estos requisitos ilegales e inconstitucionales fueron exigidos a las universidades por la Dirección Nacional de Reclutamiento mediante el oficio 006 DISCOR Z4 DIM 27 S1 155 de mayo 19 de 2006, con lo cual se viola la constitución en su artículo 84[23] y el decreto 111 del decreto ley 2150 de 1995[24].

Martín Rodríguez ganó una tutela contra la exigencia de la libreta militar para ingresar a la Universidad Nacional sede Medellín, argumentando la objeción de conciencia y el artículo 111 del decreto ley 2150 de 1995[25]. Los centros de educación superior, sin embargo, siguen vulnerando el derecho al debido proceso administrativo en conexidad con el derecho a la educación. Presentando la sentencia del tribunal de Medellín a la Universidad Nacional sede Bogotá, Elías Stucky Byler, miembro de la Iglesia Menonita y objetor de conciencia, recibió como respuesta: "La División de Registro exige a sus admitidos la libreta militar para el ingreso a carreras de pregrado teniendo en cuenta que el artículo 41, literal h, de la ley 48 de 1993 estipula como infractores de la ley sujetos a sanción a: "Las entidades públicas, mixtas, privadas, particulares, centros o institutos docentes de enseñanza superior o técnica que vinculen o reciban personas sin haber definido su situación militar", citando el artículo 36 de la Ley 48 de 1993, una norma que fue modificado en 1995, por el artículo 111 del decreto ley 2150, suprimiendo la obligación de presentar la tarjeta de reservista o tarjeta provisional militar para matricularse por primera vez en cualquier centro docente de educación superior.

Quede claro entonces que exigir la libreta militar para matricularse o permanecer en un centro de educación superior, así como condicionar la matrícula a la firma de un acta de compromiso, constituyen violaciones del artículo 36 de la ley de reclutamiento y por lo mismo, tanto la Dirección de reclutamiento como el centro educativo incurren en una acción ilegal.

Estrategia de acompañamiento a jóvenes en riesgo de reclutamiento y objetores de conciencia

Durante el último año, el trabajo de la Acción Colectiva de Objetores y Objetoras de Conciencia se ha enfocado en la construcción de una estrategia de acompañamiento a objetores de conciencia y jóvenes en riesgo de reclutamiento, que consiste en:

1. La construcción de 'grupos de afinidad' conformados por jóvenes que se encuentran en riesgo de reclutamiento o que no tienen libreta militar y que se encargan de:


  • diseñar estrategias de protección y comunicación mutua para enfrentar el reclutamiento,
  • desarrollar acciones jurídicas y políticas para incidir frente a la problemática de reclutamiento y exigir el reconocimiento de la objeción de conciencia, y
  • sistematizar sus casos, es decir, su situación jurídica actual frente al servicio militar obligatorio.

Son llamados 'grupos de afinidad' porque las personas que los integran afrontan una problemática común y tienen un nivel de cercanía y confianza, que les permite estar en contacto permanente y asumir una responsabilidad mutua.

2. La asesoría jurídica a jóvenes que no quieren prestar el servicio militar, que fueron reclutados de manera ilegal o discriminados por no tener la libreta militar. Esta consiste en:


  • investigar sobre alternativas jurídicas y políticas para el desarrollo de la objeción de conciencia en Colombia, a partir de un análisis de la legislación nacional e internacional y su aplicación al contexto colombiano,
  • acompañar y orientar a los integrantes de los grupos de afinidad con relación al desarrollo de las acciones jurídicas, tomando en cuenta la especificidad de cada caso,
  • asesorar a otros jóvenes que no quieren prestar el servicio militar o que fueron reclutados de manera ilegal,
  • desarrollar actividades de formación y materiales de divulgación sobre procedimientos legales y herramientas jurídicas a nivel nacional e internacional.

La asesoría jurídica cuenta además con un fondo de emergencia para Brindamos apoyo económico a jóvenes en alto riesgo de reclutamiento.

3. La construcción de una red de apoyo nacional e internacional, conformada por organizaciones que se encargan de:


  • hacer difusión con respecto al contexto de militarización y la situación de la objeción de conciencia en Colombia,
  • ejercer presión política y organizar acciones de incidencia frente a organismos nacionales e internacionales en casos de reclutamiento forzoso o vulneración de los derechos de los objetores, y
  • dar seguimiento y apoyar las acciones de los objetores colombianos.

4. El acompañamiento psicosocial de los y las objetores/as de conciencia y sus entornos (familia, amigos, colegio o universidad, organización, etc.) con el objetivo de:


  • profundizar en las implicaciones del ejercicio de la objeción de conciencia para la vida de cada uno/a y su entorno social, y
  • fortalecer el tejido social alrededor de los objetores de conciencia.

La estrategia de acompañamiento a jóvenes en riesgo de reclutamiento y objetores de conciencia es considerada como una estrategia integral de acción directa noviolenta, ya que


  • existe una relación permanente entre los diferentes componentes y cada uno de ellos es indispensable para el desarrollo de los otros, y
  • a partir de las acciones jurídicas y políticas que los integrantes de los grupos de afinidad desarrollan frente a sus casos y el trabajo de divulgación y sensibilización frente a la problemática de reclutamiento, se quiere incidir frente a la situación de la objeción de conciencia en Colombia e impactar en las estructuras de poder que sustentan las prácticas de reclutamiento.

A partir del análisis de las posturas y necesidades personales, cada uno de los miembros del grupo de afinidad piloto ha construido su campaña personal de acciones jurídicas y políticas orientadas a la definición de su situación militar frente al Ejército Nacional de Colombia y la exploración de distintas vías jurídico-políticas que se conviertan en alternativas concretas frente al reclutamiento por parte de los distintos grupos armados.

Con tal motivo, los integrantes del grupo de afinidad han generado comunicaciones oficiales con distritos militares y universidades, han sistematizado sus historias como objetor de conciencia y han elaborado sus declaraciones de objeción de conciencia, que fueren publicadas en la página web de la Internacional de Resistentes a la Guerra y serán entregada a las instancias públicas relevantes para la garantía y el reconocimiento del derecho a la objeción de conciencia, según los intereses de incidencia de cada una de las campañas.

El análisis jurídico y de alternativas políticas, desarrollado desde la asesoría jurídica, ha evidenciado que en el marco de la normatividad interna colombiana las acciones jurídicas han sido agotadas y que el bloque de constitucionalidad es el marco de exigibilidad para la garantía del derecho a la objeción de conciencia.

Libreta militar y las actuaciones de la vida civil

La libreta militar es un documento militar que controla la vida civil de los ciudadanos por parte del estamento militar. Las restricciones más notorias a la vida civil que persisten a través de la libreta militar son las que afectan el derecho a la educación y el derecho al trabajo, ya que los remisos y los que se han rehusado a pagar la cuota de compensación militar, se encuentran situados en lo que llamamos una 'muerte civil' hasta que cumplan 50 años.

Disminuir o desvanecer los efectos de la libreta militar en la vida civil, a través de la modificación de la destinación del rubro a gastos sociales o la desaparición de este requisito, es estratégico para el desarrollo de la noviolencia en Colombia, porque permite el ejercicio de hecho de la objeción de conciencia sin tener que reglamentar el artículo constitucional sobre libertad de conciencia. Además, permite convocar población afectada por la no posesión de este documento junto con personas que, teniéndolo o sin necesitarlo (las mujeres), quieran apoyar acciones encaminadas a desmontar este instrumento de control.

Como apoyo simbólico a los jóvenes que no poseen libreta y no pueden acceder al grado en la Universidad Nacional, Carlos Gutiérrez presentó una carta a la oficina de notas de la Facultad de Ciencias Humanas de la Universidad Nacional sede Bogotá, informando que el artículo 13 del decreto 2150 de 1995 lo eximía de presentar copia de la libreta militar para graduarse.

Las motivaciones de esta acción estaban asociadas a realizar un llamado de atención a la universidad sobre lo injusto que resulta este requisito que es ajeno al desempeño académico y argumentando que el hecho de que en el pasado tuviera libreta militar no excluye que quiera seguirla usando en la actualidad.

Esta acción es un antecedente de cómo aprovechar el apoyo de personas que tienen libreta o que no la necesitan -a las mujeres no se la exigen- para ampliar la presión más allá de las personas que son inmediatamente afectados por tener este documento.

Carlos Gutiérrez presentó también su declaración de objeción de conciencia ante el Ministerio de Protección Social para llamar la atención sobre la discriminación y el incumplimiento de convenios internacionales y la legislación laboral nacional por exigir la libreta militar para acceder a un empleo.

Sin embargo, la respuesta del Ministerio de Protección Social ha sido ambigua y evasiva, ya que no contesta a las inquietudes planteadas en la declaración de objeción de conciencia y traslada la responsabilidad sobre un asunto de su competencia - el derecho al trabajo - a una instancia que en este caso no tiene nada que ver con el asunto: el Ministerio de Defensa.

El paso a seguir en este caso es interponer una acción de tutela que cuestione el artículo de la ley de reclutamiento que prohíbe la contratación laboral de personas que no hayan definido su situación militar, por atentar contra el derecho a la igualdad, la libertad de conciencia y el derecho al trabajo de los objetores de conciencia.

Notas

[1] Entrevista al general Carlos Arturo Suárez Bustamante. Comandante de la Brigada XIII del Ejército de Bogotá.

[2] Municipio conectado a Bogotá por el Sur Occidente que es el mayor centro de recepción de población en situación de desplazamiento del país.

[3] Son llamados equipamientos de seguridad los diversos lugares que son construidos para aumentar el pie de fuerza policial o la presencia militar en algunos sectores. Los equipamientos de seguridad más comunes son Estaciones de policía, Batallones de comunicaciones y control de operaciones del ejército, Batallones de infantería, Centros de atención inmediata de la policía (CAI) y Unidades permanentes de justicia (UPJ).

[4] En el desarrollo de los módulos pedagógicos en Objeción de Conciencia y Noviolencia que se están llevando a cabo en tres colegios de la localidad de San Cristóbal, llamaba la atención el hecho de que frente a la pregunta de ¿cómo te vez en 10 años? hecha a 184 jóvenes de grados octavo, noveno, décimo y once, aparecían 26 muchachos que querían ser policías y 17 niños y niñas que querían estudiar algo relacionado con lo militar, principalmente criminalística.

[5] Conferencia en la XVI entrega de las becas de la "Fundación MAZDA para el arte y la ciencia". Situación política de Colombia: un debate necesario. Bogotá, 10 de marzo del 2005.

[6] En la cifra está contemplada los gastos de seguridad de diverso orden: fuerza pública, seguridad electrónica y de monitoreo, vigilancia privada, seguros relacionados con seguridad, entre otros.

[7] Contraloría de Bogotá. Estudio económico financiero de la seguridad en Bogotá. 2006.

[8] Fuente: policía metropolitana de Bogotá.

[9] Fuente: ejército nacional.

[10] http://www.coalico.org/publicaciones/documento1.htm

[11] El Protocolo II, adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, en su articulo 4, relativo o las "Garantías Fundamentales", numeral 3 (c), establece lo prohibición de reclutar menores de 15 años en las fuerzas o grupos armados que son parte en un conflicto que no tiene carácter internacional, así como su participación en las hostilidades. En similar sentido se encuentra establecido la prohibición contenida en el artículo 38 de la Convención sobre los Derechos del Niño, que, a diferencia del Protocolo II, habla de la participación directa en las hostilidades. Sobre los numerales 2 y 3 de este artículo, el Estado colombiano presentó reserva, aumentando la edad mínima de vinculación a las Fuerzas Armadas a los 18 años y reiterando su compromiso de velar para que niños o niñas no participen directamente en las hostilidades.

[12] Lo que es una falta al Derecho Internacional Humanitario.

[13] http://www.clublancita.mil.co/index.php?idcategoria=430

[14] http://www.coalico.org/publicaciones/documento1.htm

[15] Human Rights Watch. Aprenderás a no llorar: Niños Combatientes en Colombia. 2007. En: http://www.hrw.org/spanish/informes/2003/colombia_ninos.pdf

[16] http://www.crin.org/resources/infoDetail.asp?ID=8751

[17] Es una obligación de carácter relativo porque admite excepciones, no cumplirlas no afecta la vida, honra y bienes de las demás personas y porque es moralmente viable reemplazarla con otra actividad que no pugne con las convicciones íntimas de las personas.

[18] En efecto, es un error muy común restringir las normas relacionadas al servicio militar obligatorio a la Ley 48 de 1993 de reclutamiento y movilización, omitiendo todo el desarrollo normativo que posteriormente legisló sobre población en situación de desplazamiento, jóvenes que ingresan a la educación superior y menores de edad.

[19] Carlos Gutiérrez. Miembro de Acción Colectiva de Objetoras y Objetores de Conciencia. Niños y grupos étnicos en los cuarteles: los datos del censo general 2oo5. Bogotá, octubre 2007.

[20] Ley 48 de 1993, artículo 27 Exenciones en todo tiempo: Los indígenas que residan en su territorio y conserven su integridad cultural, social y económica.

[21] Gaceta del Congreso. No. 653 del viernes 5 de diciembre de 2003, página 18.

[22] En la legislación interna, mediante lo dispuesto en el articulo 2 de la ley 548 del 23 diciembre de 1999, "por medio de la cual se prorroga la vigencia de la ley 418 del 26 de diciembre de 1997 y se dictan otras disposiciones", se modificó el articulo 13 de la ley 418, estableciéndose que los menores de 18 años de edad no serán incorporados a filas para la prestación del servicio militar, eliminando la alternativa de permitir el reclutamiento de los estudiantes de undécimo grado que resultaran elegidos para la prestación del servicio, si voluntariamente y con la autorización expresa y escrita de sus padres, "optaban por el cumplimiento inmediato de su deber constitucional" (Ley 418, artículo 13).

[23] Artículo 84 de la CN: "Cuando un derecho o una actividad hayan sido reglamentados de manera general, las autoridades públicas no podrán establecer ni exigir permisos, licencias o requisitos adicionales para su ejercicio".

[24] En este decreto se prohíbe la exigencia de presentar la libreta militar para matricularse por primera vez a la universidad y sólo señala algunas situaciones de la vida civil en que será solicitada, entre las cuales no aparece matricularse en la universidad o firmar actas de compromiso para seguir estudiando en los centros de educación superior.

[25] Tribunal superior Medellín, sala de decisión penal. Acción de tutela de segunda instancia -0683-2006 (013) 2007. Febrero 26 de 2007.

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